¿Eres profesor del Servicio Profesional Docente y quieres saber cómo será tu jubilación?
La pregunta que todos nos hacemos más a menudo cuando pensamos en el futuro es: ¿Cuánto voy a cobrar cuando me jubile?
Actualmente, sabemos que el sistema de pensiones en México se muestra insuficiente para garantizar una pensión adecuada a los jubilados. Pero, ¿cuánto tengo que ahorrar hoy para mantener mi nivel de vida en el futuro? Sin duda, una pregunta que requiere tomar decisiones estratégicas importantes.
Tener presente el futuro es la mejor manera de dar forma a una etapa de la vida en la que la tranquilidad y la seguridad son fundamentales. En el proceso de planificar nuestra jubilación aparecen dudas y queremos soluciones.
En este artículo, vamos a dar respuesta a cuestiones como: a qué edad te puedes jubilar, los años que debes cotizar para cobrar la pensión, cómo jubilarte anticipadamente y cómo saber cuánto vas a cobrar cuando te jubiles.
Edad de jubilación de los profesores
La edad de jubilación de los profesores cuenta con ciertas especificidades que los diferencian del resto de trabajadores. Veamos cuáles son:
Los profesores tendrán derecho a una pensión por jubilación equivalente al 100% del último sueldo devengado. Siempre y cuando cuenten con 30 años de servicio los hombres y 28 años las mujeres.
En promedio, las docentes se están jubilando cuando pasan los 58 años de edad mientras que los mentores se están retirando después de los 60 años, aunque se registran casos de profesores que se retiran después de los 70 años de edad.
Las pensiones de los docentes, al ser trabajadores del Estado, están a cargo del ISSSTE. En 2007 entró en vigor la reforma a la nueva Ley del ISSSTE, la cual determina la transición de un esquema de reparto a otro de cuentas individuales. Por tanto, el Instituto cuenta con tres tipos de pensionados:
Ley abrogada de 1983, la cual considera la jubilación a partir de los 30 años de servicio para los hombres y 28 para las mujeres. Los trabajadores y patrones aportaban alrededor de 8% de su salario para seguridad social. Al cumplir con los requisitos de jubilación o retiro, el trabajador recibe una pensión equivalente al 100% del sueldo del último año trabajado.
Décimo transitorio, son aquellos que mantienen los derechos de la ley abrogada de 1983, pero el porcentaje de cuotas y aportaciones a la seguridad social aumenta a 13.52%. También se definen movimientos en la edad de retiro conforme pasa el tiempo, por ejemplo, en 2014-2015 la edad de retiro es 63, mientras que para 2016-2017, ésta será 64.
Cuentas Individuales
Cuentas individuales o contribución definida, es el esquema en que el monto de pensión depende de los recursos acumulados por cada trabajador en su cuenta individual a lo largo de su vida laboral.
Actualmente, 55% de los pensionados se encuentran en el esquema de la ley abrogada de 1983. 42.5% en el décimo transitorio y solamente 1.7% en cuentas individuales. Estas proporciones irán modificándose con el tiempo durante el cual se espera que la proporción de pensionados por la ley abrogada de 1983 caiga. Aquellos en el décimo transitorio presentarán aumentos por 30 años más y las cuentas individuales se incrementarán constantemente.
De acuerdo a proyecciones del ISSSTE, en 2020, los pensionados por cuentas individuales representarán 6.9%; aquellos en décimo transitorio 57.4%; y por la ley abrogada de 1983, 35.6%.
¿Quieres saber si puedes dar clases particulares aunque pertenezcas al servicio profesional docente?
La jubilación anticipada
En México, los profesores pueden jubilarse voluntariamente, siempre que tengan reconocidos 30 años de servicios al Estado.
El grupo de edad con el mayor número de docentes (206,741) es de 48 a 52 años de edad. Siendo 62.1% mujeres y 37.9% hombres, quiénes en menos de 20 años tendrán derecho a recibir una pensión. El segundo grueso (165,437 docentes) de la población, tanto en hombres como en mujeres, se encuentra entre los 33 y 37 años. Seguidos por los que tienen entre 38 a 42 años de edad (165,437 docentes).
Al distribuir las percepciones de acuerdo a la edad de los docentes, el mayor monto se destina a aquellos que tienen entre 48 a 52 años de edad. Por ser la categoría de edad con el mayor número de docentes. Sin embargo, el segundo monto con mayor presupuesto, se destina a los docentes que tienen entre 53 y 57 años de edad. Que son aquellos, que de acuerdo a la Ley del ISSSTE (2007), tienen la edad mínima para pedir su jubilación.
Al jubilarse los docentes que han cumplido su servicio dejan la plaza que estaban ocupando. Y se genera la necesidad de atender al grupo que el maestro tenía a su cargo. Se jubila y este grupo debe ser atendido por un nuevo maestro, utilizando esa plaza para el docente idóneo seleccionado.
Así, el nuevo maestro que ocupará la plaza del docente jubilado es el que resulte de las listas de prelación con las que cuenta el Servicio Profesional Docente. De acuerdo a los procesos de ingreso.
Históricamente, viene un proceso fuerte de jubilación, pues muchos docentes cumplen años de servicio los días 1º de septiembre. La costumbre de muchos de ellos es esperar a terminar el año hasta diciembre para cobrar aguinaldo completo y jubilarse a partir del 1 de enero.
Cómo saber cuánto vas a cobrar cuando te jubiles
¿Y cuánto voy a cobrar si al dejar el servicio profesional docente? La respuesta a esta pregunta varía en función de los años cotizados, así como otros factores.
Con esta herramienta puedes calcular la pensión que te corresponderá en tu momento de retiro. También puedes evaluar el impacto en el aumento de tu pensión si decides hacer ahorro voluntario.
Jubilación y actividad laboral
La regla general es que no se puede trabajar ni por cuenta ajena, ni por cuenta propia. Tampoco trabajar para la Administración Pública mientras se recibe una pensión de jubilación. Pero progresivamente y con el fin de conseguir que se siga alargando la vida laboral de los trabajadores, se han ido incluyendo situaciones en las que se puede trabajar estando jubilado.
Al final existen tantas excepciones que se puede compaginar la jubilación y el trabajo en muchos casos.
La excepciones más importantes son:
La jubilación parcial: Cuando no se deja de trabajar. Si no que se sigue trabajando parte de la jornada y el resto el trabajador se jubila.
La jubilación flexible: Cuando se puede trabajar mientras que se está jubilado, con una reducción de la pensión en función de la jornada.
Trabajar por cuenta propia: siempre que no se tengan ingresos anuales que superen el límite establecido.
El trabajo por cuenta propia: siempre que haya jubilado a la edad reglamentaria y se tenga una pensión por el 100% de la base reguladora.
Aunque se esté trabajando, se sigue teniendo la consideración de pensionista. Situación importante sobre todo a la hora de la asistencia sanitaria y el pago de medicamentos.
Desde el 17 de marzo de 2013 es posible compatibilizar la pensión de jubilación con un trabajo. Tanto a tiempo completo como parcial, siempre que se cumplan los siguientes requisitos: Haber accedido a la jubilación en la edad reglamentaria (sin bonificaciones ni anticipaciones de edad) y que se esté cobrando la pensión por el 100% de la base reguladora.
Si se va a trabajar por cuenta ajena la empresa no podrá haber despedido improcedentemente a ningún trabajador del mismo grupo profesional que se va a ocupar en los 6 meses anteriores. Además la empresa tendrá que seguir reglas para el mantenimiento del nivel de empleo.
Como parte de la reforma a la Ley de Pensiones de los Trabajadores de la Educación, se modificó el artículo 62. Y ahora los jubilados pueden tener un cargo o comisión en dependencias relacionadas con el ramo. Y además recibir al mismo tiempo su pensión.
Así que, si quieres seguir trabajando después de jubilarte, puedes seguir haciéndolo. Si no te cansas de transmitir tus conocimientos, puedes seguir ejerciendo como profesor. Tanto en una academia, escuela o instituto privado, como dar clases por cuenta propia.
Mi duda es. Tengo 30 años de servicio y 48 de edad y estoy con el décimo transitorio. Si me puedo jubilar ya…?
No puede pues la tabla de edades dice que en el 2018-2019 se necesitan 53 años de edad. Cada 2 años se incrementa un año en el requisito de edad, de manera que usted se podrá jubilar en el 2025, en 2024-2025 se necesitará 56 años de edad para poder jubilarse y en ese año usted cumplirá 56 años
Soy varón y en el 2022 enero, cumplo 30 años de servicio y en septiembre cumplo de edad 57 años de edad, soy profr. de telesecundaria federalizado, y estoy en el decimo transitorio, mi pregunta es ¿Cuánto será mi salario como pensionado?, ¿Qué conceptos se toman en cuenta para calcular la pensión?
En México, los profesores pueden jubilarse voluntariamente, siempre que tengan reconocidos 30 años de servicios al Estado???
El artículo dice esto? y no es así verdad?
Yo estoy en la ley abrogada del 83 tengo 27 años de servicio y 51 de edad, me puedo jubilar a los 30 años
El poder en manos de unas cuantas personas y con la anuencia del $NTE en vez de consultar a sus agremiados y a cambio de probablemente “algo” Calderón modificó en el 2008 la ley del ISSSTE a modo de poner el colchón a lo que publica “Maestros por México” en perjuicio de los empleados, de los trabajadores al servicio del Estado y a la protesta de oposición en la afectación de las bases como consecuencia la cárcel para la Profra. Elba Esther Gordillo. Realmente si algún sindicato realizara una encuesta con olor de realidad verdadera el magisterio nacional prefiere lo que tenía como jubilación antes de lo que hiciera Calderón, es decir, los empleados prefieren la jubilación por 30 años de servicio los hombres y 28 las mujeres cómo estaba hasta el 2007 y no como la imposición que hay actualmente…
Curiosamente “los magistrados” en franca manipulación convenenciera y contradictoria a la constitución avalaron la “ley del ISSSTE propuesta por Calderón” y la hicieron “retroactiva” para todos los trabajadores imponiendo una “tablita” como tabulador aumentador de la edad que finalmente lleva a todos a la jubilación por edad a los 60 años… Aaaah pero los magistrados ahora que hubo la modificación a la constitución para bajarse los sueldos “estudiaron” la constitución y ¿Que creen? La volvieron a hacer en forma convenenciera y a través de un “acuerdo” sólo fue retroactivo a 10 años a modo de que no les afecte y si se le aplique a los “nuevos”, claro a qué me chinguen a mi (los magistrados) mejor que se les chingue al pueblo( empleados de México)…. Recuerden que el pueblo es sabio y se espera que despierte en el aspecto de la jubilación muy pronto….
En 2024tendré 30 de servicio y 54 de edad. Cuánto me faltará? A que edad me podré jubilar? No se puede demandar la no retroactividad de la ley (art 14 Constitucional?)
26 de servicio y 54 de edad, estoy con el bono . Quiero asesoría. Ya me quiero pensionarme.
¿Alguien me comentaba que se pueden jubilar con 20 años de servicio? ¿Es esto cierto?
Hola, pueden ayudarme, necesito saber si tengo derecho a una media jubilación si trabaje como docente de 1990 al 2006
Buenas noches
Soy asesor de PENSIONISSSTE
Me pongo a la orden con relación a información en el sistema de cuentas induviduales
Para Victor Lopez, veo que ud. es asesor de PENSIONISSSTE, me gustaria ponerme en contacto con ud. para poder disipar algunas dudas que tengo referente a las cuentas individuales. Me podria indicar donde y como puedo entablar comunicacion directa por favor
Saludos Victor Lopez como puedo ponerme en contacto con Ud
Hola buenos días, quiero saber si puedo retirarme estoy en cuentas individuales. Y tengo 19 años de servicio, pero tengo un hijo con discapacidad, y quiero estar con mi hijo más tiempo. Mi pregunta es ¿puedo pensionarme. A dónde tengo que acudir para empezar hacer mis trámites?
Me interesa contactarme con usted Victor Lopez buen dia
Buenas tardes. Yo tengo muchas dudas en cuanto a mi cuenta individual. Yo si alcanzaba el décimo transitorio. Ahora yo no firme nada y resulta q si. Cómo puedo hacer para ver esa firma? Me podrán auxiliar en eso.
Hola buenas tardes. Me puedo pensionar con 20 años de servicio y 59 de edad? Cotizo desde 1997 a pensiones del Estado. Cuanto me corresponde con doble plaza?
Tengo 9 años de servicio en estado, y tengo edad de 46 años. ¿en que año podre pensionarme?
Buenas tardes podría ser tan amable de informar como puedo obtener mis comprobantes de pago soy de cuentas individuales
BUENAS NOCHES DISCULPE SI AUN NO CUMPLO LA EDAD PARA JUBILACION, PERO YA QUIERO RETIRARME PUEDO HACERLO CON UNA PENSION PARCIAL.
Yo quiero saber, lo mismo que usted…
tengo 53 años de edad y 22 años de maestra y me quiero retirar tengo probabilidades
hola sr. Victor Lopez, donde lo puedo contactar para asesoria sobre cuentas individuales, mi padre tiene 71 años y 29 de servicio , y esta por cuentas individuales, por favor
Hola buen día cómo puedo ponerme en contacto con usted
se pueden cambiar de bonos a el 10° transitorio, mi ingreso fue en 1998.
HOLA buenas noches victor Lopez me interesa ponerme en contacto contigo contacteme por favor al correo patyral08@hotmail.com
buenos tardes, mi esposa es educadora y comenzo a trabajar el septiembre de 1994. por diez meses sin goce de sueldo que solicito la pasaron al nuevo regimen sin su autorizacion. eso es legal? y en su caso que hacer?
Hola. Buen día mi duda es en que fecha impusieron en el 2007 procede la jubilación alos 60 años de edad
victor lopez quiero contactarme con usted podria darme su telefono para comunicarme con usted
Hablen de los trabajadores estatales, (Tabasco), que al final somos los perjudicados, no alcanzamos nada aunque, tengamos 30 años de servicio,( solo los 60 mil por los años de servicio) pero al jubilarte, recoges si te va bien, unos 70 u 80, y adiós.
Tengo 24, de servicio y me quiero pensionar por enfermedad, tanto mía como de mi esposa, soy estatal, ¿ Con que porcentaje me voy??????
Donde encontramos la tabla de jubilación en la que se incrementa la edad conforme avanza el tiempo?
EXCELENTE INFORMACION.
PUDIERA DECIRME SI EXISTE LA JUBILACION PARCIAL. ESTOY EN PRIM. Y SEC. ¿PODRIA DEJAR SOLO UN NIVEL? GRACIAS POR SU INFORMACION.
VALIOSA INFORMACION, MIL GRACIAS
Tengo 27 años de servicio y 49 de edad
Hasta cuandi podría jubilarme ?
Estoy con el decimo transitorio
Es una injusticia, cuando ya se cumplió con los 28 años, ya no se rinde igual, uno ya quiere estar con la familia,bdarles el tiempo que se les debe a ellos y a uno mismo.
Hola soy profesor estatal de Veracruz: tengo 51 de edad y casi 29 de años de servicio; me puedo jubilar en décimo transitorio teniendo los 30 de servicio en el ciclo escolar 2020-2021 y ya cumpliendo es ese ciclo escolar los 53 años de edad? o debo trabajar más años?
perdón ..jubilarme en el ciclo 2021-2022
perdón..jubilarme en el ciclo 2021-2022
Necesito asesoría sobre pensión por orfandad ,con quien me puedo dirigir ?
Entonces a ver si entendí, las jubilaciones si serán a los 28 años de servicio en las mujeres? Porque en mi escuela se habla que la edad de jubilación es los 68 años y pues la verdad no sé a quien creerle. Agradecería una respussta
Entonces a ver si entendí, las jubilaciones si serán a los 28 años de servicio en las mujeres? Porque en mi escuela se habla que la edad de jubilación es los 68 años y pues la verdad no sé a quien creerle. Agradecería una respuesta.. soy maestra federal con 26 años de servicio
[…] Si deseas conocer más sobre tu jubilación, lee nuestra nota sobre todo lo que debes saber de tu jubilación. […]
Tengo cumplidos 26 años de servicio el 1o de octubre y de edad 48 años,entonces en que año podre jubilarme
Buenas tardes cumplo 28 el 1 de septiembre y tengo 54 años cuando podré jubilarme
Se puede reintegrarse al trabajo, si se arrepiente por Jubilarse? Decimo transitorio. 65 anos de edad, 47 de servicio, nivel medio superior, dos meses casi de licencia prejubilatoria.
Buenas tardes yo entre en 1998 tengo 22 años de servicio quiero saber si me puedo jubilar a los 28 años de servicio para ese entonces tendré 48 años de edad
hola buenas noches estoy en el décimo transitorio me podrían informar si me puedo jubilar ya tengo 30 años de servicio y 56 años de edad mi pregunta es si ya puedo meter tramite de jubilación y en que mes hacerlo
Víctor López necesito asesoría correo electrónico rulyalberto2019@gmail.com fui una maestra de doble plaza que por motivos personales me ví obligada a dejar mis plazas con 21 años de servicio en el 2007 tengo la posibilidad de la obtener alguna indemnización equivalente a esos 21 años de servicio??? Le agradecería su respuesta
YO TENGO 25 AÑOS DE SERVICIO 46DE EDAD, ME DETECTARON HACE 2 AÑOS APNEA DE SUEÑO, LA INTERNISTA YA ME QUIERE PENSIONAR, SI PUEDO Y CUANTO COBRARE DE PENSION
Mi nombre es Bernardo García García, y realice mi tramite de pre jubilación el 1 de Octubre del 2019, para retirarme el día 1 de Enero del presente, sin embargo la entrega de documentos para solicitar la pensión se hizo hasta el mes de Marzo y para mala suerte en mi hoja de servicio se equivocaron lo cual ya no pude ingresar mis documentos pues esa semana se declaro el inicio de la contingencia, por lo cual solicito de la manera mas atenta que me informen, ¿ cuando se reanudan estos tramites, y si la contingencia afectara dichos tramites ?
SOY PROFESOR DE TIEMPO COMPLETO EN UN TECNOLOGICO NACIONAL, TENGO 73 AÑOS DE EDAD Y CUMPLI 20 AÑOS DE SERTVCIO COMO DOCENTE DE TIEMPO COMPLETO. PREGUNTO: PUEDO JUBILARME Y QUE PORCENTAJE DEL SUELDO MESUAL ACTUAL RECIBIRÍA CUANDO ESTÉ JUBILADO?
hola buenos dias soy docente con 24 horas de base y 8 horas interinas. tengo 35 años de servicio y 56 años de edad, mi pregunta es si me jubilasn con las 32 horas o solo con 24 horas
Hola quisiera información sobre las opciones para jubilación por el décimo y pensión tengo 27 años de servicio y 45 años, y con un permiso de 6 meses sin goce de sueldo
Quisiera información buenas noches voy a cumplir 30 años de servicio con 53 años puedi jubilarme estoy en el decimo transitorio federal.
¿Podré jubilarme con 37 años de servicio y 54 años de edad?
Buenas tarde, soy la maestra Mey Leng Hau Wong tengo 17 años de servicio y tengo 56 años, no cuento con mi titulo, salí de la UPN de Chihuahua en el 2000, soy LE94, no cuento con mi titulo profesional, mi pregunta es:¿ tengo que tener el título para pensionarme?
Tengo 30 años de ser vicio y 49 años de edad cumplidos, me podría ya jubilar?
Hola…mi esposo tiene al 1 de septiembre del 2021 29 alos de servicio y 59 de edad…se puede jubilar y con qué porcentaje? Es diabético
HOLA! TENGO UNA DUDA, CUANTO RECIBE UN MAESTRO JUBILADO CON LA UPN MENSUAL??